Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100623-304

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6

EDICTO

304
Ordinario 145 de 2009

Doña Ana Aznar Unzurrunzaga, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 145 de 2009, a instancia de la parte actora don Miguel Orellana García, contra “Redescom 2005, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 26 de enero de 2010 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Miguel Orellana García, contra “Redescom 2005, Sociedad Limitada”, condenando a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2.267,47 euros.

Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro, librándose testimonio de la misma para su unión a autos, y notifíquese a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, conformidad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo anunciarlo por comparecencia o escrito ante este Juzgado de lo social en el plazo de los cinco días hábiles, siguientes a la notificación de la presente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe, en Málaga, a 26 de enero de 2010.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Redescom 2005, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Málaga, a 20 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.938/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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