Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100623-215

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

215
Demanda 146 de 2010

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.034 de 2009 y acumulados de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Gerardo Tourón Rodríguez, doña Ana Belén Fernández Boluda, don Carlos Gómez Lozano y don Francisco José Pérez Tomás, contra la empresa “Disgarmu e Hijos, Sociedad Limitada”, don Adolfo Núñez Astray (administración concursal), y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 304 de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda, condeno a la empresa “Disgarmu e Hijos, Sociedad Limitada”, a abonar:

A don Gerardo Tourón Rodríguez: 2.884,61 euros.

A doña Ana Belén Fernández Boluda: 1.778,56 euros.

A don Francisco José Pérez Tomás: 2.135,37 euros.

A don Carlos Gómez Lozano: 2.284,02 euros.

Más el 10 por 100 en concepto de interés por mora a cada uno de los actores, debiendo la administración concursal y el Fondo de Garantía Salarial, en tal carácter, estar y pasar por esta resolución.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de notificación de la sentencia, y para ello, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá consignar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta número 2516, así como la cantidad importe de la condena en la cuenta número 2516, clave 65, que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, número de banco 0030, número de agencia 1143, DC 5, indicando número de procedimiento para su localización.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Disgarmu e Hijos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.768/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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