Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100625-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

189
Ejecución 92 de 2010

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 995 de 2009, ejecución número 92 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Moreno Martínez, contra la empresa “Gonlar Promociones Fuentelsaz, Sociedad Limitada”, y “Cocicom, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 21 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña María de los Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 21 de mayo de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: El embargo de los saldos pendientes de abonar a las ejecutadas “Gonlar Promociones Fuentelsaz, Sociedad Limitada”, y “Cocicom, Sociedad Limitada”, hasta cubrir el importe de la suma reclamada por un principal de 86.075,03 euros, y 17.215 euros para intereses y costas.

Requerir a los clientes de las ejecutadas, según relación que obra en autos, para que procedan a consignar en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, número 2512, clave 64, en “Banesto”, calle Orense, número 19, 28020 Madrid, las cantidades que tengan pendientes de abonar a las demandadas, con los apercibimientos legales, y, por la acumulación de asuntos, ofíciese de forma parcial y continuada.

Requerir al actor don Joaquín Moreno Martínez para hacerle efectiva la cantidad de 57,35 euros, en concepto de parte del principal adeudado.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2512 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Lo manda y firma.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gonlar Promociones Fuentelsaz, Sociedad Limitada”, y “Cocicom, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.360/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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