Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100625-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

206
Ejecución 28 de 2010

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 28 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santiago Campos Moreno, contra las empresas “Desarrollo Intensivo Objetivos Sencillos, Sociedad Limitada”, y “Constructora Satán, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Finca número 17.902, inscrita en el Registro de la Propiedad de San Martín de Valdeiglesias, al tomo 641, libro 212, folio 57.

Como propiedad de la “Constructora Satán, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 4.125,47 euros de principal, más 288,78 euros que se calculan para intereses provisionales, más otros 412,54 euros calculados para costas también provisionalmente para este procedimiento seguido a instancias de don Santiago Campos Moreno contra “Desarrollo Intensivo Objetivos Sencillos, Sociedad Limitada”, y “Constructora Satán, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas o gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a las ejecutadas para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Desarrollo Intensivo Objetivos Sencillos, Sociedad Limitada”, y “Constructora Satán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.402/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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