Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2010

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100625-109

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

PERSONAL

109
Modificar vigente plantilla personal

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 107, correspondiente al día 6 de mayo de 2010, se publicó el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2010, por el que se modificó inicialmente la vigente plantilla de personal del Ayuntamiento de Getafe y del Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación, así como la del personal eventual, según se indica a continuación.

Modificar la vigente plantilla del Ayuntamiento de Getafe para el año 2010, según se indica a continuación:

Plantilla de personal funcionario:

Se modifican las hojas números 2 y 5 para incoporar una plaza de letrado consistorial, en régimen funcionarial, escala de Administración General, subescala técnica, grupo A, subgrupo A1.

Quedando la plantilla del siguiente modo:

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Durante el plazo de exposición al público (del 7 al 24 de mayo de 2010, ambos inclusive) no se han presentado reclamaciones contra dicho acuerdo, por lo que la mencionada modificación de plantilla queda aprobada definitivamente, de conformidad con los artículos 126.3 del Real Decreto Legislativo 781/1963, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Lo que se publica a los indicados efectos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y para general conocimiento.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contados ambos desde el día siguiente al de esta publicación. En el supuesto de optarse por interponer recurso potestativo de reposición, si no se notificase su resolución en el plazo de un mes, se entenderá desestimado y podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Getafe, a 31 de mayo de 2010.—El concejal-delegado adjunto de Función Pública y Prevención de Riesgos Laborales, Enrique Heras Moreno.

(03/23.967/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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