Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2010

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100628-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES

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Resolución 1246/2010, de 14 de mayo, por la que se acuerda publicar el inicio de la fase de alegaciones relativa al expediente de elaboración de la disposición de carácter general por la que se crea un fichero automatizado de datos de carácter personal denominado “Sistema de información del servicio de emergencia social”, dependiente de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.

En el marco de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, corresponde a la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, “la promoción, coordinación y seguimiento de la atención de la emergencia social y, en especial, de las unidades móviles de emergencia social”.

La atención durante 24 horas de las situaciones de emergencia social en la Comunidad de Madrid, requiere de una exhaustiva y sistematizada recogida de datos de las personas atendidas, al objeto de realizar las gestiones necesarias para dar una solución rápida y eficaz a las graves situaciones que tienen los afectados. El tratamiento informatizado de los datos agiliza y favorece las diversas gestiones, llamadas y localización de recursos que se aplican en cada situación. Por estos motivos es necesario crear un fichero específico destinado a la recogida de datos personales obtenidos en las llamadas y entrevistas que realizan los trabajadores sociales del servicio de emergencia social con las personas afectadas por situaciones de emergencia social.

Los datos personales recogidos con este fin serán tratados conforme a lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La precitada Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, regula en su artículo 5 el procedimiento para la aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen ficheros de datos de carácter personal en la Administración regional. El mencionado precepto dispone en su apartado 5 que, una vez elaborado el proyecto de disposición, se abrirá una fase de alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad del fichero.

En cumplimiento del referido precepto y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4 del Decreto 126/2004, de 29 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales,

RESUELVO

Publicar para general conocimiento el inicio de la fase de alegaciones relativa al expediente de elaboración de la disposición de carácter general, por la que se crea un fichero automatizado de datos de carácter personal denominado “Sistema de información del Servicio de emergencia social” dependiente de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.

Dicho expediente podrá ser examinado en la sede de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, sita en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, durante quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante el mismo plazo, de conformidad con la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, se podrán presentar alegaciones referidas a la adecuación, la pertinencia o la proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad del fichero.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 14 de mayo de 2010.—El Secretario General Técnico, Antonio Luis Carrasco Reija.

(03/22.721/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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