Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
01-07-2010

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100701-60

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OFERTAS DE EMPLEO

60
Bases de convocatoria tres plazas de animador/a sociocultural

Por resolución del concejal-delegado de Organización, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía y Recursos Humanos, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, de 28 de junio de 2010, de conformidad con lo dispuesto en las bases de convocatoria para la selección de tres plazas de animador/a sociocultural correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2007 y 2008, escala de Administración Especial subescala Servicios Especiales, grupo C, subgrupo C1, procedimiento de selección concurso-oposición, turno libre, aprobadas por decreto 1566/2010, de 6 de mayo, del concejal-delegado de Organización, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía y Recursos Humanos, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

Finalizado el plazo de presentación de instancias para la selección de dichas plazas, convocatoria publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 135, de 3 de junio de 2010, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 4 de las bases generales publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 2010, referido a la aprobación y publicación de la lista provisional de excluidos y admitidos, turno libre, al proceso de selección y determinación del plazo de subsanación, vistas las solicitudes presentadas para tomar parte en el proceso selectivo indicado.

Primero.—Se aprueban y publican las siguientes causas de exclusión, con la clave numérica que a continuación se indica:

Clave causas:

1. No presenta informe de vida laboral a fin de justificar estar exento de abonar tasas por derechos de examen por encontrarse en situación de desempleo, tal como se indica en el apartado 3.3 de las bases generales (publicadas en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 2010), en las que se remite a la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen a fin de justificar dicha exención.

2. Presenta certificado de desempleo desactualizado a fin de justificar estar exento de abonar tasas por derechos de examen por encontrarse en situación de desempleo, tal como se indica en el apartado 3.3 de las bases generales de convocatoria.

3. No aporta justificante de abono de tasas.

Segundo.—Se declara provisionalmente excluidos del proceso selectivo, a los aspirantes que a continuación se relacionan, con indicación de la causa de exclusión, procediéndose a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID anuncio de la presente resolución:

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Tercero.—Se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (plaza de la Constitución, número 1), lista completa de excluidos y admitidos provisionalmente y causas de exclusión, así como en la página web del Ayuntamiento.

Cuarto.—Se abre un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicada la relación de excluidos provisionalmente y las causas de exclusión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los aspirantes excluidos que así no lo hicieran se les tendrán por desistidos en su solicitud, archivándose sin más trámite. Para subsanar la causa de exclusión deberán dirigirse al Registro del Ayuntamiento (plaza de la Constitución, número 1), en horario de ocho a veinte, de lunes a viernes, y de nueve a trece, los sábados.

Rivas-Vaciamadrid, a 28 de junio de 2010.—El concejal-delegado de Organización, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía y Recursos Humanos, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (431/2009, de 5 de febrero), Marcos Sanz Salas.

(02/6.915/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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