Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
03-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100703-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

63
Ejecución 90 de 2010

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 90 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia González Ortigosa y doña Leticia Arrogante López, contra la empresa “JHS Phone Systems, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Únase el oficio de “Telefónica Móviles” en el que comunican la transferencia, y el resguardo del banco “Banesto”, en el que consta la mencionada transferencia de fecha 18 de mayo de 2010, por importe de 17.063,14 euros, póngase a disposición de doña Silvia González Ortigosa la cantidad de 8.432,23 euros en concepto de principal, y póngase a disposición de doña Leticia Arrogante López la cantidad de 6.244,91 euros, y una vez firme la presente resolución háganse entrega de los correspondientes mandamientos de devolución en la Secretaría de este Juzgado, haciéndoles saber a las actoras que los mandamientos caducan a los tres meses desde su expedición.

Obrando en la cuenta de este procedimiento dinero para cubrir el resto de principal más intereses y costas provisionales, se acuerda el levantamiento de los embargos acordados y en su virtud líbrense y remítanse los despachos oportunos.

Se requiere a los letrados don Guillermo Canalda Morato y don José Manuel Salvador González, para que en el plazo de cinco días presenten los justificantes de los gastos que consideren oportunos, para su inclusión en la tasación de costas y liquidación de intereses, bajo apercibimiento de que transcurrido dicho plazo sin haberlos aportado se les tendrá por precluido en dicho trámite, y de conformidad con lo previsto en el artículo 244.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, una vez acordado el traslado de la tasación que se practique no se admitirá la inclusión de partida alguna, reservando al interesado su derecho para reclamarla de quien y como corresponda.

Por recibida la anterior diligencia de notificación y embargo del Servicio Común de Notificaciones y Embargos con resultado negativo, únase a los autos y notifíquese el auto de ejecución y la presente a la parte ejecutada a través de edictos, y el resto de resoluciones en el tablón de anuncios, tal y como dispone el artículo 59.1 y 2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “JHS Phone Systems, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.888/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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