Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100706-111

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

111
Acuerdo definitivo expediente de modificación de ordenanzas

Transcurrido el plazo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, sin que se hayan presentado reclamaciones al expediente de modificación de ordenanzas, se eleva a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 12 de abril de 2010, haciéndose público el texto de las mismas conforme al siguiente contenido:

Ordenanza número 6, Casa de Niños (artículo 8):

Se suprime el párrafo anterior y queda redactado del siguiente modo:

“El régimen de bonificaciones y exenciones será el que determine la Comunidad de Madrid. La tramitación para la concesión de dichas bonificaciones o exenciones será la que disponga la Comunidad de Madrid. La solicitud, así como la presentación de la documentación, se realizará en el Ayuntamiento de Villa del Prado.

Las bonificaciones y exenciones aprobadas no serán de aplicación a aquellos alumnos que no se encuentren al corriente de pago en los recibos de la prestación de este servicio.

Durante el ejercicio 2010, esta bonificación se aplicará con efectos retroactivos a enero de 2010 a aquellos que lo soliciten y cumplan con los requisitos establecidos.”

En Villa del Prado, a 10 de junio de 2010.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.

(03/25.025/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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