Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100706-296

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7

EDICTO

296
Pieza separada 129.1 de 2008

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Málaga.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 129.1 de 2008, a instancias de la parte actora doña Laura Robles López, contra “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, sobre pieza separada, se ha dictado resolución de fecha 29 de enero de 2009 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se aprueba la liquidación de intereses y costas practicadas en las presentes actuaciones.

Dada cuenta; el anterior acuse de recibo bancario, únase a los presentes autos de su razón, y requiérase a la parte actora para que comparezca ante este Juzgado en días y horas hábiles para hacerle entrega de la cantidad de tasación y liquidación en autos, adeudada por la demandada en estas actuaciones, y existiendo en sobrante de 40,77 euros, líbrese mandamiento de devolución a favor de la ejecutada, y procédase el archivo de lo actuado.

Así por este auto lo acuerda y firma la ilustrísima señora doña Mariana Peregrina Blanco, magistrada-juez por sustitución del Juzgado de lo social, número 7 de Málaga. Doy fe.—El secretario (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a la demandada “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 7 de junio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.263/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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