Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
07-07-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100707-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 86

EDICTO

96
Procedimiento ordinario 576 de 2009

En el procedimiento de juicio ordinario número 576 de 2009 se ha dictado resolución cuyo texto literal es el siguiente:

El ilustrísimo señor don Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 86 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 576 de 2009, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, Junta de compensación urbanización de “La Alarilla”, representada por la procuradora doña Celia López Ariza y asistida del letrado don Juan Carlos Mollejo Aparicio, y de otra, como demandada, don Cemal Nayir, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Celia López Ariza, en nombre y representación de Junta de compensación urbanización de “La Alarilla”, contra don Cemal Nayir, incomparecido y en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a que satisfaga a la entidad demandante la cantidad de 59.636,75 euros, y al pago de las costas causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir del día siguiente al de su notificación.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Extendida y firmada esta sentencia por el magistrado-juez que la ha dictado, se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada por la Constitución y las leyes.—Doy fe.

En Madrid, a 9 de junio de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/6.574/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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