Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
08-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100708-257

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

257
Despido 388 de 2010

Que en virtud de lo acordado en los autos de despido/cese en general número 388 de 2010, siendo demandante don Brandon Alfonso Rea Tamami y demandadas “Alicatados Azugrés, Sociedad Limitada”, y “Dragados, Sociedad Anónima”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se cita a “Alicatados Azugrés, Sociedad Limitada”, a fin de que comparezca a juicio el día 21 de septiembre de 2010, bajo apercibimiento de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Insértese un extracto de la resolución-cédula en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 16 de junio de 2010.

Tras las actuaciones practicadas por este Juzgado ha resultado imposible la localización de “Alicatados Azugrés, Sociedad Limitada”, parte codemandada en este proceso, que por ello se encuentra en ignorado paradero, por lo que se suspende la vista del día 17 de junio de 2010, señalándose nuevamente para el día 21 de septiembre de 2010, a las doce y quince horas.

Acuerdo: Remitir exhorto al Juzgado de primera instancia Decano de Leganés.

Citar a la misma por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Advertirle que las siguientes comunicaciones que se le dirijan se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Citar al Fondo de Garantía Salarial, con traslado de la demanda, a fin de que este pueda asumir sus obligaciones legales e instar lo que convenga en derecho (artículo 23 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

En Guadalajara, a 16 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.926/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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