Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
09-07-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100709-245

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

245
Ejecución 115 de 2008

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 115 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Brox Castiñeiras, contra don Federico Álvaro Bermúdez de Castro Acaso, “Dreams Event, Sociedad Limitada”, “Dreams Cinema, Sociedad Anónima”, “Blue Legend Productions, Sociedad Limitada”, “Benjamín Producciones Cinematográficas”, y “Berma Creaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

El magistrado-juez de lo social, Marcos Ramos Valles.—En Madrid, a 9 de junio de 2010.

Dispongo: examinada de hecho el auto de insolvencia se aprecia la necesidad de aclararlo en el sentido de rectificar la parte dispositiva del mismo y donde dice: “Declarar a los ejecutados doña María Luisa Madruga Rincón, don Federico Álvaro Bermúdez de Castro Acaso, “Dreams Event, Sociedad Limitada”, “Dreams Cinema, Sociedad Anónima”, “Blue Legend Productions, Sociedad Limitada”, “Benjamín Producciones Cinematográficas”, y “Berma Creaciones, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 31.961,89 euros de principal, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional”, debe decir “Declarar a los ejecutados doña María Luisa Madruga Rincón, don Federico Álvaro Bermúdez de Castro Acaso, “Dreams Event, Sociedad Limitada”, “Blue Legend Productions, Sociedad Limitada”, “Benjamín Producciones Cinematográficas”, y “Berma Creaciones, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 31.961,89 euros de principal, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Federico Álvaro Bermúdez de Castro Acaso, “Dreams Event, Sociedad Limitada”, “Dreams Cinema, Sociedad Anónima”, “Blue Legend Productions, Sociedad Limitada”, “Benjamín Producciones Cinematográficas”, y “Berma Creaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 9 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.448/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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