Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
09-07-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100709-162

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

162
Demanda 794 de 2009

Doña María José Lucas Rebenaque, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 794 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro González Rosa, don Hipólito Gutiérrez Sosa, don Juan Antonio Durán Esteban, don Francisco Sánchez Rodríguez, don Santiago de la Viña Peña, don Israel Castaño Arranz, don Miguel Sánchez Pizarro, don Mohamed Hamdaoui, don Abderrahman El Moutouk, don Félix Rubio González, don Francisco Fernández Ramón, don Daniel Lana Calderón, don Víctor Moreno de Frutos, don Daniel Cabezas Damas, don José Carlos Sánchez García, don Fernando Cueli Paniagua, don David Zapata de Diego, don Javier Folguera Heredia, don Juan González Manzano, don Rachid El Maoutouk, don Abdesselam El Maoutouk y don Óscar Coello Arruza, contra las empresas “Erosav Proyectos, Sociedad Limitada”, e “Instalaciones Coello López, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente.

Sentencia número 273 de 2010

En Madrid, a 11 de junio de 2010.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de don Alejandro González Rosa, don Hipólito Gutiérrez Sosa, don Juan Antonio Durán Esteban, don Francisco Sánchez Rodríguez, don Santiago de la Viña Peña, don Israel Castaño Arranz, don Miguel Sánchez Pizarro, don Mohamed Hamdaoui, don Abderrahman El Moutouk, don Félix Rubio González, don Francisco Fernández Ramón, don Daniel Lana Calderón, don Víctor Moreno de Frutos, don Daniel Cabezas Damas, don José Carlos Sánchez García, don Fernando Cueli Paniagua, don David Zapata de Diego, don Javier Folguera Heredia, don Juan González Manzano, don Rachid El Maoutouk, don Abdesselam El Maoutouk y don Óscar Coello Arruza, representados todos ellos por el letrado don Enrique J. Méndez García-Abad contra “Erosav Proyectos, Sociedad Limitada”, que no comparece, e “Instalaciones Coello López, Sociedad Limitada”, representada por don José Joaquín López Estébanez.

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por don Alejandro González Rosa, don Hipólito Gutiérrez Sosa, don Juan Antonio Durán Esteban, don Francisco Sánchez Rodríguez, don Santiago de la Viña Peña, don Israel Castaño Arranz, don Miguel Sánchez Pizarro, don Mohamed Hamdaoui, don Abderrahman El Moutouk, don Félix Rubio González, don Francisco Fernández Ramón, don Daniel Lana Calderón, don Víctor Moreno de Frutos, don Daniel Cabezas Damas, don José Carlos Sánchez García, don Fernando Cueli Paniagua, don David Zapata de Diego, don Javier Folguera Heredia, don Juan González Manzano, don Rachid El Maoutouk, don Abdesselam El Maoutouk y don Óscar Coello Arruza, contra la empresa “Erosav Proyectos, Sociedad Limitada”, y condenar a la empresa demandada para que abone a cada uno de los actores la suma reclamada y que asciende para don Alejandro González Rosa a la cantidad de 10.327,11 euros; don Hipólito Gutiérrez Sosa a la cantidad de 16.712,07 euros; don Juan Antonio Durán Esteban a la cantidad de 6.417,44 euros; don Francisco Sánchez Rodríguez a la cantidad de 15.834,98 euros; don Santiago de la Viña Peña a la cantidad de 5.708,93 euros; don Israel Castaño Arranz a la cantidad de 9.520,16 euros; don Miguel Sánchez Pizarro a la cantidad de 5.103,68 euros; don Mohamed Hamdaoui a la cantidad de 4.805,35 euros; don Abderrahman El Moutouk a la cantidad de 7.823,48 euros; don Félix Rubio González a la cantidad de 6.604,64 euros; don Francisco Javier Fernández Ramón a la cantidad de 7.250,05 euros; don Daniel Lana Calderón a la cantidad de 7.039,16 euros; don Víctor Moreno de Frutos a la cantidad de 10.575,99 euros; don Daniel Cabezas Damas a la cantidad de 5.548,05 euros; don José Carlos Sánchez García a la cantidad de 16.847,40 euros; don David Zapata de Diego a la cantidad de 8.849,29 euros; don Fernando Cueli Paniagua a la de 5.301 euros; don Javier Folguera Heredia a la cantidad de 8.364,33 euros; don Juan González Manzano a la cantidad de 9.036,30 euros; don Rachid El Maoutouk a la cantidad de 5.102,58 euros; don Abdesselam El Maoutouk a la cantidad de 5.102,58 euros, y don Óscar Coello Arruza a la cantidad de 21.736,46 euros.

Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales, y de “Instalaciones Coello López, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/794/09, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Erosav Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.534/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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