Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
14-07-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100714-38

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2010, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 1132/2010, de 16 de abril, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada número RA 660.8/08, interpuesto por doña Mónica López Espinosa, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de 24 de septiembre de 2008.

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 1132/2010, de 16 de abril, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por doña Mónica López Espinosa contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de 24 de septiembre de 2008, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de alzada interpuesto por doña Mónica López Espinosa contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de 24 de septiembre de 2008, dictada en el expediente AV 3293.8/2008, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Doña Mónica López Espinosa solicitó subvención de alquiler de la vivienda sita en la calle Jazmines, número16, escalera derecha, piso B, letra F, de Collado Villalba (Madrid). Instruido el oportuno expediente, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación dictó Resolución en la que se deniega la ayuda económica por tratarse de una oficina y no ser una actuación protegida de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio.

Segundo

Notificada la Resolución anterior, doña Mónica López Espinosa, interpone recurso de alzada, alegando, en síntesis, su disconformidad con la misma.

Tercero

Consta en el expediente que la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido informe en el que se propone la desestimación del recurso interpuesto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En relación con las cuestiones de fondo, hay que poner de manifiesto lo siguiente:

El artículo 5 del artículo 4 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, establece que es actuación protegida el “apoyo económico a los inquilinos de las viviendas arrendadas”.

En el presente supuesto consta en el expediente la nota simple del Registro de la Propiedad relativa al inmueble objeto del arrendamiento y tal y como se detalla en la misma dicho inmueble tiene consideración de oficina.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación en el que se propone desestimar el recurso interpuesto y a propuesta de la Secretaría General Técnica

DISPONGO

Desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña Mónica López Espinosa contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de 24 de septiembre de 2008, dictada en el expediente AV 3293.8/2008.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 9 de junio de 2010. EL Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/25.980/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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