Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
14-07-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100714-317

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

317
Demanda 540 de 2010

Doña Ana Isabel Pérez Aínsa, secretaria de lo social del número 38 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Magdalena Torres Miján, doña María Cruz Martínez Elvira, don David Flor Sánchez, doña Isabel Barón Ruiz, dona Norma Constanza Solano Poveda y doña Natalia Verónica Oviedo, contra “Body Spa Cénter, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 540 de 2010, se ha acordado citar a “Body Spa Cénter, Sociedad Limitada”, y a su representante legal, don José Luis Tejedor Torres, a fin de que comparezcan el día 20 de julio de 2010, a las dieciséis y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, y práctica de prueba de interrogatorio de parte que tendrán lugar en la Sala de vistas 1-B de la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Body Spa Cénter, Sociedad Limitada”, y don José Luis Tejedor Torres, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 17 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.540/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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