Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
14-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100714-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

204
Demanda 173 de 2010

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria de lo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Blanca Albarado Giraldo, contra “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada”, “Valoriza Servicio a la Dependencia, Sociedad Limitada”, y Ayuntamiento de Galapagar, en reclamación por ordinario, registrado con el número 173 de 2010, se ha acordado citar a “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada”, “Valoriza Servicio a la Dependencia, Sociedad Limitada”, y Ayuntamiento de Galapagar, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 15 de febrero de 2011, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 17, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de citación a “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada”, “Valoriza Servicio a la Dependencia, Sociedad Limitada”, y Ayuntamiento de Galapagar, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 10 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.603/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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