Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100719-262

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

262
Ejecución 179 de 2010

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 179 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Alonso Moreno, contra la empresa “Complementos Bricoval, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia del tenor literal siguiente:

Providencia

Magistrado-juez de lo social, don Pablo Aramendi Sánchez.—En Madrid, a 17 de junio de 2010.

Únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, por sentencia de fecha 29 de abril de 2010, a la empresa “Complementos Bricoval, Sociedad Limitada”, a favor de la demandante doña Teresa María Alonso Moreno y, previo a la orden general de ejecución y despacho de la misma si procede, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Hernani, número 59, tercera planta, el día 26 de julio de 2010, a las diez horas, que solo versará sobre la falta de readmisión que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cítese por la secretaria en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese a parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Se acuerda notificar la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: sin perjuicio de llevarse a cabo lo acordado en esta resolución, contra ella podrán interponer recurso de reposición que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).

El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, sita en “Banesto”, calle Orense, número 19, número de cuenta corriente 2806.

b) Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030/ 1143/50/0000000000, y en conceptos indicar el número de cuenta corriente 2806, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Complementos Bricoval, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.652/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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