Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
21-07-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100721-287

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

287
Demanda 1.261 de 2009

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.261 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Martín García, contra don Juan Manuel Otero García, sobre despido, se ha dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia número 162 de 2010

En Madrid, a 20 de abril de 2010.—Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Juan Martín García, y de otra, como demandado, don Juan Manuel Otero García, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Juan Martín García, frente a don Juan Manuel Otero García, debo declarar y declaro la nulidad del despido verificado el 31 de agosto de 2009, condenando al demandado a readmitir al demandante en iguales condiciones de trabajo que regían con anterioridad al despido, así como al abono de los salarios de tramitación devengados desde el 31 de agosto de 2009 hasta que la readmisión tenga lugar, a razón de 28,78 euros/día.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en calle Orense, número 19 de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, seguidos del número de autos, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, agencia de la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, seguidos del número de autos, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—En Madrid, a 24 de mayo de 2010.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de hoy ha tenido, entrada en este Juzgado escrito de don Juan Martín García, como parte demandante, solicitando aclaración del hecho probado primero de la sentencia de fecha 20 de abril de 2010.—Doy fe.

Providencia

Magistrado-juez de lo social, ilustrísimo señor don Marcos Ramos Valles.—En Madrid, a 24 de mayo de 2010.

Dada cuenta; y por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón, no ha lugar a la aclaración solicitada, visto que el salario consignado es el que se reconoce percibir sin perjuicio del derecho a reclamar, en su caso, por diferencias salariales.

Notifíquese esta resolución, contra la que no cabe interponer recurso alguno.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Juan Manuel Otero García, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 16 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.933/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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