Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
21-07-2010

Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100721-86

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

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RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2009, del Director General de Ordenación e Inspección, relativa a la solicitud de autorización en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Expediente 43/2009-RSA.

Vista la Propuesta de Resolución formulada por la Sección de Autorización de Empresas Alimentarias y Entidades de Formación en Salud Pública de la Dirección General de Ordenación e Inspección, y con base en los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que a continuación se relacionan, esta Dirección General dicta la siguiente Resolución

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

La empresa “Beló Delicias de Brasil, Sociedad Limitada”, presentó con fecha 19 de junio de 2009, ante la Consejería de Sanidad, solicitud de inscripción inicial en el Registro General Sanitario de Alimentos en la actividad de fabricación y/o elaboración y/o transformación de comidas preparadas para suministro en medios de transporte y colectividades diversas, para el establecimiento sito en travesía de Pablo Ortiz, número 20, 28701 San Sebastián de los Reyes.

Segundo

Con fecha 17 de julio de 2009 se emite informe por el Servicio de Salud Pública del Área V, del que se desprende que las instalaciones del establecimiento cumplen los requisitos de infraestructura y equipamiento mencionados en la normativa aplicable, pero no así los requisitos restantes de la legislación alimentaria. Con fecha 31 de julio de 2009 se concede la autorización condicional al establecimiento arriba indicado en la actividad de fabricación y/o elaboración y/o transformación de comidas preparadas para suministro en medios de transporte y colectividades diversas.

Tercero

En fecha 20 de octubre de 2009 el Servicio de Salud Pública del Área V emite informe, en virtud del cual la Sección de Autorización de Empresas Alimentarias y Entidades de Formación en Salud Pública del Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública dicta la correspondiente Propuesta de Resolución con fecha 29 de octubre de 2009, concediéndose a la parte interesada un plazo de diez días para alegar cuanto en derecho considerase conveniente.

Cuarto

La parte interesada no presentó escrito de alegaciones en el plazo concedido al efecto.

Quinto

En fecha 26 de noviembre de 2009, el Servicio de Salud Pública del Área V emite informe, del que se desprende que la industria de referencia no ha subsanado las deficiencias higiénico-sanitarias que dieron lugar a la incoación del presente procedimiento.

A los anteriores antecedentes de hecho son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La solicitud de inscripción inicial formulada por la empresa “Beló Delicias de Brasil, Sociedad Limitada”, para la actividad de fabricación y/o elaboración y/o transformación de comidas preparadas para suministro en medios de transporte y colectividades diversas, incumple la normativa que dio lugar a la Propuesta de Resolución de 29 de octubre de 2009.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.3 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en relación con el artículo 3 del Real Decreto 1712/1991, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, y todo ello en concordancia con el artículo 10 del Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y vistas las demás disposiciones de general y pertinente aplicación,

RESUELVO

Que no procede la autorización sanitaria a efectos de inscripción inicial en la actividad de fabricación y/o elaboración y/o transformación de comidas preparadas para suministro en medios de transporte y colectividades diversas solicitada por la empresa “Beló Delicias de Brasil, Sociedad Limitada”, para el establecimiento sito en travesía de Pablo Ortiz, número 20, 28701 San Sebastián de los Reyes.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación y ante la Viceconsejería de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 15 de diciembre de 2009.—El Director General de Ordenación e Inspección, PDF (Resolución 259/2008, de 18 de abril, del Director General de Ordenación e Inspección), la Jefe del Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública, Carmen Fernández Aguado.

(03/27.031/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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