Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
26-07-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100726-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Demanda 877 de 2009

Doña María José Lucas Rebenaque, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 877 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ion Adorian Szell, contra la empresa “Compañía de Automoción Industrial y Obra Civil, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 308 de 2009

En Madrid, a 29 de junio de 2010.—Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de don Ion Adorian Szell, asistido de la letrada doña María Dolores Aguado Lobo, contra la empresa “Compañía de Automoción Industrial y Obra Civil, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Procede estimar la demanda interpuesta por don Ion Adorian Szell, contra la empresa “Compañía de Automoción Industrial y Obra Civil, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad y condenar a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 14.773,88 euros, más el 10 por 100 de interés por mora. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de las responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/000877/2009, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Compañía de Automoción Industrial y Obra Civil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.789/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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