Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
26-07-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100726-89

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

89
Ordenanza fiscal licencias y autorizaciones administrativas de autotaxis

El Pleno de la Corporación, celebrado el 13 de julio de 2010, aprobó inicialmente la modificación parcial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el otorgamiento de licencias y autorizaciones administrativas de autotaxis y demás vehículos de alquiler.

En cumplimiento de los preceptuado en los artículos 15 y 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, todos los documentos tramitados para la adopción de este acuerdo y el artículo de la ordenanza que se ha modificado, permanecerán expuestos al públicos en la Secretaría del Ayuntamiento por plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Durante este plazo, los interesados, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En caso de no haber reclamaciones el acuerdo provisional se convertirá automáticamente en definitivo.

Aranjuez, a 19 de julio de 2010.—El alcalde-presidente, Jesús Miguel Dionisio Ballesteros.

(03/29.972/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100726-89