Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2010

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100727-181

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

URBANISMO

181
Modificación puntual no sustancial de las normas subsidiarias de planeamiento

Mediante resolución de 18 de mayo de 2010, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 144, de fecha 18 de junio de 2010, se hace público el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 13 de mayo de 2010, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual no sustancial de las normas subsidiarias del planeamiento municipal de El Escorial, relativa a la ordenanza 5, para incluir el uso terciario comercial hostelero, categoría 9, en los números 41, 43, 45 y 47 de la avenida de la Constitución de esta localidad.

La documentación de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de El Escorial que se modifica es la siguiente:

— De las normas urbanísticas: artículo 8.9. Ordenanza 5. Edificios aislados unifamiliares (capítulo 8: Normas específicas para el suelo urbano, página 106). En el apartado de usos autorizados de la ordenanza 5.4, se introduce una excepción para posibilitar el uso hostelero en las parcelas de los números 41, 43, 45 y 47 de la avenida de la Constitución.

— De los planos: plano de ordenación número 15. Calificación del suelo urbano. Unidades de gestión. Dotaciones comunitarias (escala 1/1.000).

Se modifica este plano únicamente para indicar con asteriscos la zona objeto de la modificación.

En consecuencia, se procede a publicar el contenido íntegro de la parte de las normas urbanísticas afectadas por dicha modificación puntual, conforme a lo dispuesto en el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

Usos autorizados:

— Residencial clase vivienda: categoría 1.

— Terciario-oficinas: categoría 1 y 2.

— Dotacional: todas las categorías.

— Garaje aparcamiento: categoría 11.

— Espacios libres y zonas verdes.

— Red viaria.

Se autoriza el uso comercial hostelero en la categoría novena en los edificios de la avenida de la Constitución comprendidos en la manzana limitada por las calles San Antonio, Independencia y Sagrado Corazón.

Usos prohibidos: todos los demás.

En El Escorial, a 5 de julio de 2010.—El alcalde-presidente, Antonio Vicente Rubio.

(03/28.626/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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