Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100727-274

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

274
Ejecución 59 de 2010

Doña Helena Barandiarán García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en los autos de despido número 1.092 de 2009-P, ejecución número 59 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Guillermo Sañudo Santander, contra la empresa denominada “Contenemar Bilbao, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

No ha lugar a la admisión a trámite de la ejecución instada contra los bienes de la empresa deudora “Contenemar Bilbao, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que dicha parte haga valer su derecho ante el magistrado-juez del concurso.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” (“Banco Español de Crédito”), consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Encarnación de Miguel Burgueño.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a la empresa demandada “Contenemar Bilbao, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao, a 28 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.687/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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