Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100727-219

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

219
Expediente de dominio, reanudación del tracto 1.895 de 2009

Doña María José Moure Lorenzo, secretaria del Juzgado de primera instancia número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de expediente de dominio, reanulación del tracto número 1.895 de 2009, a instancias de doña Concepción Aranda Estévez, y don Carlos García-Lozano Martín, respecto de la siguiente finca:

Finca registral número 9.354, parte segregada de la finca número 2.457, inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, al tomo 598, al folio 91, inscripción primera. Sita en Madrid, calle de Calatrava, número 9, situada en la planta cuarta sin contar la baja y sótano. Ocupa una superficie aproximada de 43,80 metros cuadrados.

Por el presente, y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Asimismo, se cita a los ignorados herederos de doña Águeda Blanco Serrano, como titular registral, y a don Gerard André Miller y a doña Carmen García Rego y/o a sus ignorados herederos, como personas de las que procede el bien, para que dentro del término anteriormente expresado puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Y para su publicación o exposición en el tablón de anuncios de este Juzgado, tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 11 de junio de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/7.410/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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