Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2010

Sección 1.3.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100727-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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Orden 2525/2010, de 16 de julio, por la que se amplía el presupuesto consignado en la Orden 4005/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Orden 7641/2004, de 28 de diciembre, por la que se regulan las subvenciones en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social y se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2010.

El artículo 4 de la Orden 7641/2004, de 28 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, establece que la convocatoria anual de subvenciones en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social se realizará mediante Orden del Consejero de Empleo y Mujer, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En virtud de la citada habilitación normativa se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 30, de 5 de febrero de 2010, la Orden 4005/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Orden 7641/2004, de 28 de diciembre, por la que se regulan las subvenciones en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social y se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2010.

En el artículo 11 de la Orden 4005/2009, de 30 de diciembre, se establecía un crédito presupuestario por cuantía estimada de 43.706.303 euros, habilitándose para su incremento en función de la distribución territorial que, para la Comunidad de Madrid y para el ejercicio económico 2010, se realizará en la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, tanto por consignación inicial de cuantías, como por autorización para redistribuir las cantidades inicialmente asignadas en los bloques de programas de empleo y formación.

Mediante Orden TIN/687/2010, de 12 de marzo, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 69, de 20 de marzo de 2010, se ha procedido a distribuir territorialmente para el ejercicio económico 2010, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, las subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. La cuantía inicialmente consignada para este programa de fomento de empleo es superior a la autorizada en el apartado 1 del artículo 11 de la Orden 4005/2009, de 30 de diciembre, de convocatoria de subvenciones para el año 2010.

A la vista de las cuantías inicialmente consignadas y de la posibilidad de redistribución establecida en el apartado 1 del artículo 5 de la Orden TIN/687/2010, de 12 de marzo, que permite que las Comunidades Autónomas redistribuyan, según sus necesidades de gestión y en función de las especificidades de los colectivos a atender, las cantidades inicialmente consignadas en el bloque A, Programas de Empleo y, teniendo en cuenta el expediente de generación de crédito tramitado al efecto, la gestión realizada hasta la fecha en la partida 47220, Políticas Activas de Empleo y la evolución negativa del desempleo, que afecta principalmente a los desempleados que son objeto de atención por este programa de fomento de empleo, es posible ampliar en 6.100.000 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden 4005/2009, de 30 de diciembre, de la Consejera de Empleo y Mujer,

DISPONGO

Artículo 1

Ampliación del presupuesto

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden 4005/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Orden 7641/2004, de 28 de diciembre, por la que se regulan las subvenciones en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social y se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2010, se amplía en 6.100.000 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, por lo que la cuantía total máxima destinada a las subvenciones convocadas para el año 2010 es de 49.806.303 euros imputados en el Programa 960-Servicio Regional de Empleo, Partida 47220-Políticas Activas de Empleo.

2. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Artículo 2

Recursos administrativos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación normativa

Se faculta al titular de la Dirección General del Servicio Regional de Empleo para dictar las resoluciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 16 de julio de 2010.

La Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

(03/30.266/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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