Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
29-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100729-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

151
Ejecución 308 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 308 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Yadire Ybelice Carrasco, contra la empresa “Restauraciones Grupo Aita, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente diligencia de ordenación de fecha 29 de junio de 2010:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 29 de junio de 2010.

Visto el estado en que se encuentran las actuaciones, hágase saber a la parte actora que han resultado negativas las diligencias de averiguación de bienes y, en su caso, participarle que ha de presentar escrito de ampliación por el último de los plazos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Diligencia.—Notifíquese a los interesados en legal forma.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restauraciones Grupo Aita, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.294/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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