Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
29-07-2010

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100729-7

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 5 de julio de 2010, por la que se resuelve la concesión de los premios correspondientes al concurso “Nuestros mayores y la protección al consumidor”, convocado por Orden de 27 de abril de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda.

El Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 27.10, el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor y del usuario, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, las bases y la coordinación general de la Sanidad, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131, y en los números 11.a, 13.a y 16.a del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

En virtud del Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, en el que se atribuye a la Dirección General de Consumo la competencia de diseño, coordinación y ejecución de actuaciones de información, formación y educación en materia de consumo.

Por ello, mediante Orden de 27 de abril de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, se ha procedido a la realización de la convocatoria para el año 2010 del concurso: “Nuestros mayores y la protección al consumidor”, cuyo objetivo principal es estimular en nuestros mayores la reflexión y las buenas prácticas relacionadas con los hábitos de consumo, mediante la aportación de sus experiencias e ideas, referidas a la forma en que se enfrentan a la vulneración de sus derechos como consumidores y la forma en que saben hacerlos efectivos.

Una vez valoradas las solicitudes presentadas en base a la Orden anteriormente citada, visto el fallo del jurado nombrado al efecto y conforme con lo previsto en su artículo 9, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Conceder los siguientes premios, sin contenido económico, del concurso “Nuestros mayores y la protección al consumidor” a los siguientes participantes:

— Primer premio, consistente en un diploma acreditativo y placa: Al trabajo “Mi tía y yo” realizado por don Lorenzo Pérez Andrés, con DNI 16659611-K.

— Segundo premio, consistente en un diploma acreditativo y placa: Al trabajo “A quién se lo contaría yo” realizado por don José González Alonso, con DNI 7624162-F.

— Tercer premio, consistente en un diploma acreditativo y placa: Al trabajo “A ti, mayor...” realizado por don Juan de la Fuente Muñoz, DNI 7386107-W.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala correspondiente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, plazos que se contarán a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

Dado en Madrid, a 5 de julio de 2010.—El Consejero de Economía y Hacienda, PD de firma del Consejero de Economía y Hacienda (Orden 4 de julio de 2008).—La Directora General de Consumo, Carmen Martínez de Sola.

(03/29.512/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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