Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
30-07-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100730-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana

64
Subvenciones concedidas de consumo correspondiente al año 2010

Resolución del 16 de julio de 2010, del Director General del Instituto Municipal de Consumo del Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas de acuerdo con la convocatoria de subvenciones de consumo correspondiente al año 2010.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 30 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, se hace pública la relación que se determina en el anexo adjunto, de las subvenciones concedidas por Decretos de 6 y 7 de julio de 2010, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana, con cargo a la convocatoria aprobada por decreto de 22 de enero de 2010, del delegado (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 45, de 23 de febrero de 2010), de subvenciones de consumo para el año 2010 sobre la base de la Ordenanza Reguladora de Subvenciones de Consumo.

El importe total de las subvenciones concedidas asciende a la cantidad de 136.320 euros que se financiarán con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 489.01, “Otras transferencias corrientes a instituciones sin ánimo de lucro” del programa 314.01, “Consumo” del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2010.

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Madrid, a 16 de julio de 2010.—El director general del Instituto Municipal de Consumo, Ángel Sánchez Sanz.

(03/29.513/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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