Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
30-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100730-199

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

199
Demanda 1.516 de 2009

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.516 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Calero Godoy, don Ángel Zazo Prieto, don Bernard Koum, don Carlos Díez Briongos, Casto Alburquerque Santa Cruz, don Eliseo Pachón Arroyo, don Feliz Medina Delgado, don Francisco José Jaro Reguero, don Gheorghe Ciungan Ali, don Javier Alburquerque Santa Cruz, don José María Díez Briongos, don Luis Ortiz Herecia, don Luis Renedo de la Peña, don Manuel Moya Chico, don Miguel Ángel Izquierdo González, don Miguel Ángel Medina Delgado, don Miguel Ortiz Herencias, don Miguel Ortiz Redondo, don Óscar Martínez Cuadrado, don Víctor Moya Úbeda, don Pedro Alcorta, doña Patricia Gatoo Hernández, don Marius Turcus, don Jorge León y don Mamadou Coulibaly, contra la empresa “Encofrados Cayfe, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:

Estimo la demanda, y condeno a “Encofrados Cayfe, Sociedad Limitada”, a abonar a cada demandante las cantidades que seguidamente se indican, concretándose la que corresponde a la indemnización por fin de contrato, y precisándose, respecto de este concepto, que la cuantía a cargo del Fondo de Garantía Salarial, como responsable subsidiario para el caso de insolvencia de la empresa, ascenderá a ocho días de salario por año de servicio para cada trabajador:

A don Ángel Calero Godoy.

Indemnización: 2.960,69 euros.

Total: 5.122,80 euros.

10 por 100 de mora: 216,21 euros.

A don Ángel Zazo Prieto.

Indemnización: 2.518,81 euros.

Total: 5.189,85 euros.

10 por 100 de mora: 267,10 euros.

A don Bernard Koum.

Indemnización: 2.968,31 euros.

Total: 5.861,95 euros.

10 por 100 de mora: 289,36 euros.

A don Carlos F. Díez Briongos.

Indemnización: 4.199,12 euros.

Total: 6.623,61 euros.

10 por 100 de mora: 242,45 euros.

A don Castro Alburquerque Santa Cruz.

Indemnización: 1.690,21 euros.

Total: 3.038 euros.

10 por 100 de mora: 134,78 euros.

A don Eliseo Pachón Arroyo.

Indemnización: 2.968,31 euros.

Total: 6.073,37 euros.

10 por 100 de mora: 310,51 euros.

A don Félix Medina Delgado.

Indemnización: 2.723,97 euros.

Total: 5.775,34 euros.

10 por 100 de mora: 305,14 euros.

A don Francisco José Jaro Requero.

Indemnización: 2.066,55 euros.

Total: 4.930,25 euros.

10 por 100 de mora: 286,37 euros.

A don Gheorghe Ciungan Ali

Indemnización: 2.820,52 euros.

Total: 5.511,58 euros.

10 por 100 de mora: 269,11 euros.

A don Javier Alburquerque Santa Cruz.

Indemnización: 4.329,36 euros.

Total: 7.149,02 euros.

10 por 100 de mora: 281,97 euros.

A don Jorge León.

Indemnización: 1.544,96 euros.

Total: 3.550,32 euros.

10 por 100 de mora: 200,54 euros.

A don José Antonio Pachón Arroyo.

Indemnización: 3.116,33 euros.

Total: 5.918,86 euros.

10 por 100 de mora: 275,25 euros.

A don José M. Díez Briongos.

Indemnización: 4.278,08 euros.

Total: 6.752,32 euros.

10 por 100 de mora: 247,42 euros.

A don Luis Ortiz Herecia.

Indemnización: 2.999,75 euros.

Total: 5.742,07 euros.

10 por 100 de mora: 274,25 euros.

A don Luis Renedo de la Peña.

Indemnización: 2.545,22 euros.

Total: 5.308,51 euros.

10 por 100 de mora: 276,33 euros.

A don Mamadou Coulibaly.

Indemnización: 1.722,21 euros.

Total: 4.383,60 euros.

10 por 100 de mora: 266,14 euros.

A don Manuel Moya Chico.

Indemnización: 1.981,98 euros.

Total: 4.809,19 euros.

10 por 100 de mora: 282,72 euros.

A don Marius Turcus.

Indemnización: 2.996,61 euros.

Total: 5.777,57 euros.

10 por 100 de mora: 278,10 euros.

A don Miguel A. Izquierdo González.

Indemnización: 3.585,10 euros.

Total: 6.499,77 euros.

10 por 100 de mora: 291,47 euros.

A don Miguel A. Medina Delgado.

Indemnización: 2.211,80 euros.

Total: 3.717,16 euros.

10 por 100 de mora: 150,54 euros.

A don Miguel A. Ortiz Herencias.

Indemnización: 2.518,81 euros.

Total: 5.189,85 euros.

10 por 100 de mora: 267,10 euros.

A don Miguel Ortiz Redondo.

Indemnización: 3.149,34 euros.

Total: 5.831,10 euros.

10 por 100 de mora: 268,18 euros.

A don Óscar Martínez Cuadrado.

Indemnización: 402,48 euros.

Total: 1.840,53 euros.

10 por 100 de mora: 143,81 euros.

A doña Patricia Gatoo Hernández.

Indemnización: 3.993,38 euros.

Total: 6.594,22 euros.

10 por 100 de mora: 260,08 euros.

A don Pedro Alcorta.

Indemnización: 1.982,40 euros.

Total: 4.343,79 euros.

10 por 100 de mora: 236,14 euros.

A don Víctor Moya Úbeda.

Indemnización: 1.886,64 euros.

Total: 4.438,85 euros.

10 por 100 de mora: 254,92 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Cayfe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.583/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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