Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
02-08-2010

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100802-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

OTROS ANUNCIOS

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Baja de oficio por inscripción indebida en padrón de habitantes

Según el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento.

Es por ello que el Ayuntamiento, tras haber intentado la notificación por carta, y previa exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, abre un plazo de diez días a partir de la presente publicación para que las personas que figuran en la siguiente relación manifiesten si están de acuerdo o no con su baja en el padrón de habitantes, debiendo en este último caso presentarse en el Departamento de Estadística del Ayuntamiento. Si no recibiéramos ninguna comunicación, se seguiría con la tramitación del expediente de baja de oficio.

Nombre y apellido. — Número de identificación

Valeri Simeonov Nachev. — X-5724557-H.

Yordanina Ilinka Atanasova. — X-5849613-T.

Vera Yordanova Panera. — X-9264162-S.

Krasimir Kradinov Karamitev. — X-9760422-G.

Ivanka Dimitrova Kirova. — 362933740.

Laila Zeifri. — X-5111082-E.

El Akil Ahakour. — X-8595778-B.

Alfredo Romero Camer. — 30814155-C.

Lucy Joanna Kinborou Alesbury. — X-7773682-G.

Camelia Georgiana Plai. — X-9194761-M.

Juan José Manzano Toledano. — 51355593-C.

Griselda Rotela de Cañete. — 3589712.

Eugen Dascal. — X-8661555-P.

Csaba Kosztandi. — X-9217573-R.

José Luis Pérez García. — 44478238-X.

Daniel José Pérez Gómez. — 53841673-F.

Amalia Pereira Ramírez. — 3.774.017.

Tres Cantos, a 2 de junio de 2010.—El alcalde-presidente, José Folgado Blanco.

(02/6.465/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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