Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100803-229

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4

EDICTO

229
Ordinario 352 de 2010

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 352 de 2010, sobre social ordinario, a instancias de Servicio Público de Empleo Estatal, contra “Fomento de Construcciones y Canalizaciones, Sociedad Limitada”, y don Ichoua Elmahjoub, en el que con fecha se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Señalar el día 10 de noviembre de 2010, a las nueve y treinta horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la avenida de Madrid, número 70, quinta planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el secretario judicial.

Citar a las partes en legal forma, sirviendo la notificación de la presente resolución a tal fin, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación o juicio podrá el secretario judicial, en el primer caso, y el magistrado-juez, en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado, no impedirá la celebración de los conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado a los efectos del artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución.

Y para que sirva de notificación en forma a “Fomento de Construcciones y Canalizaciones, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de Madrid con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jaén, a 2 de julio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/29.520/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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