Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
04-08-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100804-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

106
Demanda 1.832 de 2009

Doña Elena García-Muñoz Alarcos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.832 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Chía Salido y doña Inmaculada Gómez Gómez, contra la empresa “Equipol de Seguridad y Crisis, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 148 de 2010

En Madrid, a 22 de abril de 2010.—Por la ilustrísima señora doña Rosario Hernández Hernández, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 Bis de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, como demandantes, don Carlos Chía Salido y doña Inmaculada Gómez Gómez, asistidos de la letrada doña Patricia Fernández Ortiz, colegiada número 65.535, y de otra, como demandadas, “Equipol de Seguridad y Crisis, Sociedad Limitada”, por la que comparecen su representante legal don Alfonso López Clavier, asistida de la letrada doña Sofía Moscoso Chung, colegiada número 83.468, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda deducida don Carlos Chía Salido y doña Inmaculada Gómez Gómez, contra la empresa “Equipol de Seguridad y Crisis, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de dichos trabajadores, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, con todas las consecuencias inherentes a la misma.

Y declarando al tiempo la extinción de la relación laboral que vinculaba a los litigantes, condeno a la demandada a que en el plazo de cinco días, computados desde la fecha de notificación de la presente resolución, indemnice a don Carlos Chía Salido en la cantidad de 3.562,50 euros, y a doña Inmaculada Gómez Gómez en la de 2.394,60 euros, así como al pago de los salarios de trámite dejados de percibir desde el despido.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia de la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2506/0000/65, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, agencia de la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2506/0000/65, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Equipol de Seguridad y Crisis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.032/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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