Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
04-08-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100804-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

84
Demanda 163 de 2010

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 163 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elisa García González, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 22 de febrero de 2010.—La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por doña Elisa García González, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, en materia de Seguridad Social. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 22 de febrero de 2010.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 1 de marzo de 2011, a las doce y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega al demandado y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al segundo otrosí: en cuanto a la confesión del representante de la empresa, ha lugar a la misma, citando al mencionado representante legal para que comparezca al acto de juicio.

En cuanto a la documental propuesta, se requiere a la empresa a fin de que en el acto del juicio aporte la documental solicitada por la parte actora.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Reclámese a la entidad gestora o servicio común la remisión en diez días del expediente original o copia del mismo o de las actuaciones, y en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral), siendo indispensable que, al tiempo de interponerlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en “Recursos de reposición” de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/30 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Martínez Melero.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Palm Hoteles Mediterráneos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.307/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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