Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
04-08-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100804-236

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

236
Demanda 188 de 2010

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 188 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mercedes Blanco Navajo, contra las empresas “Luxender, Sociedad Limitada”, “Ibersur Desarrollo Urbanístico, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Cimentaciones Urbanas, Sociedad Limitada”, “Aquabélum, Sociedad Limitada”, “Olivares de Villaplana, Sociedad Limitada”, “Luxénder Elit, Sociedad Anónima”, “Urbanova Estudios, Sociedad Limitada”, “Fomento Gestión Urbanística del Sur, Sociedad Limitada”, “Desarrollos Empresariales Alnofrey, Sociedad Limitada”, don Abrahan García Gascón, don Desiderio Soler Lucas, don José Luis Ramos Fortea, Instituto Nacional de la Seguridad Social, y Tesorería General de la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 256 de 2010

En Madrid, a 28 de mayo de 2010.

Fallo

Que procede y estimo íntegramente la demanda presentada por doña Mercedes Blanco Navajo, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, las empresas “Luxender, Sociedad Limitada”, “Ibersur Desarrollo Urbanístico, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Cimentaciones Urbanas, Sociedad Limitada”, “Aquabélum, Sociedad Limitada”, “Olivares de Villaplana, Sociedad Limitada”, “Luxénder Elit, Sociedad Anónima”, “Urbanova Estudios, Sociedad Limitada”, “Fomento Gestión Urbanística del Sur, Sociedad Limitada”, “Desarrollos Empresariales Alnofrey, Sociedad Limitada”, don Abrahan García Gascón, don Desiderio Soler Lucas, don José Luis Ramos Fortea, y la Mutua Unimat, procede condenar a las empresas demandadas al abono a la actora las prestaciones por incapacidad temporal, por el período del 14 de enero de 2009 al 31 de agosto de 2009, en importe de 17.730,71 euros, condenando a la mutua aseguradora demandada Mutua Unimat a su anticipo. Se absuelve al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social de los pedimentos de la demanda.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo y con las formalidades establecidos en el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ibersur Desarrollo Urbanístico, Sociedad Limitada Unipersonal”, y don Desiderio Soler Lucas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.314/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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