Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
05-08-2010

Sección 1.2.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100805-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

1
Orden 2624/2010, de 19 de julio, por la que se procede al nombramiento de los Vocales del Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid, en representación de asociaciones de inmigrantes y de las entidades u organizaciones no gubernamentales de apoyo que actúen y desarrollen programas en el ámbito de la inmigración de la Comunidad de Madrid.

El Decreto 64/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid, modificado por el Decreto 43/2005, de 12 de mayo, y por el Decreto 208/2006, de 9 de febrero, establece, en su artículo 4, apartados 3.a) y 3.b) que formarán parte del Foro Regional, en calidad de Vocales, entre otros, ocho representantes de Asociaciones de Inmigrantes y siete de Entidades u Organizaciones No Gubernamentales de Apoyo que actúen y desarrollen programas en el ámbito de la inmigración en la Comunidad de Madrid, las cuales, de conformidad con el apartado 5 del citado artículo, serán elegidas mediante un proceso de selección.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden 7/2010, de 22 de febrero, de la Consejería de Inmigración y Cooperación, por la que se convoca el proceso de selección de los Vocales del Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid, en representación de las Asociaciones de Inmigrantes y las Entidades u Organizaciones No Gubernamentales de Apoyo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 32, de 8 de febrero) y una vez concluido el proceso de selección previsto y a la vista de los resultados del mismo,

DISPONGO

Primero

Nombrar como Vocales del Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid, en representación de las Asociaciones de Inmigrantes que actúan y desarrollan programas en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a las Asociaciones que a continuación se relacionan por orden alfabético:

— Asociación África Activa.

— Asociación de Cooperación Bolivia-España (ACOBE).

— Asociación Deportiva y Cultural “Pueblos del Ecuador de Madrid” (APEM).

— Asociación Europea “Mioritza” (AEUROM).

— Asociación Iberoamericana para la Cooperación, el Desarrollo y los Derechos Humanos (AICODE).

— Asociación para el Desarrollo Económico-Cultural Rumano en Europa (ADERE).

— Asociación Venezolana de Desplazados (AVD).

— ONGD-Asociación Centro Cultural Peruano Español “César Vallejo”.

Segundo

Nombrar como Vocales del Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid, en representación de las Entidades u Organizaciones No Gubernamentales de Apoyo que actúan y desarrollan programas en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a las entidades que a continuación se relacionan por orden alfabético:

— Asociación Comisión Católica Española de Migración (ACCEM).

— Asociación Solidaridad con los Trabajadores Inmigrantes (ASTI).

— Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).

— Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid.

— Federación de Plataformas Sociales Pinardi.

— Fundación RAIS-Red de Apoyo a la Integración Sociolaboral.

— Provivienda.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en su caso, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado o Tribunal correspondiente de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 19 de julio de 2010.

La Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

(03/30.464/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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