Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
05-08-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100805-30

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

30
Expedientes sancionadores por infracción a la norma de tráfico

Por el concejal de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Habiéndose interpuesto recursos de reposición dentro del plazo reglamentario en los expedientes sancionadores por infracción a la norma de tráfico que se referencian a continuación, y una vez valoradas las mismas, no habiéndose acreditado en los expedientes circunstancia o motivación alguna que permitiera exonerar la responsabilidad del infractor, se ha resuelto la desestimación del recurso y la imposición de la sanción por infracción a la norma de tráfico que figura referenciada con indicación expresa de la multa fijada para la misma.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de dicha resolución, si fuera expresa; en caso contrario, el plazo será de seis meses; todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier acción que estime pertinente.

Lugar y forma de pago: el importe de la sanción deberá hacerse efectivo durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presente publicación, a través de la entidad colaboradora “Banesto” o mediante giro postal, indicando en el apartado “Texto” del impreso los datos: número de boletín, fecha de la denuncia y matrícula del vehículo. En caso de abonar el importe a través de la entidad colaboradora “Banesto”, se deberá efectuar mediante recibo que será facilitado en las dependencias del Departamento de Gestión de Multas, sito en Vía Complutense, número 130. No tendrán efectos liberatorios los pagos efectuados por cualquier otro medio distinto de los anteriores, ni en cualquier otra cuenta o entidad bancaria. El pago implica la terminación del procedimiento.

EXPEDIENTE. —MATRÍCULA. — FECHA. — ARTÍCULO. — IMPORTE. — N.I.F. — NOMBRE

2009018394-M-005463-KK-12/07/2009 14:40:00-OMC 5 1 1C-150 EUROS-X3686647T-ILIEV ASSENOV, STEFAN.

2009008529-M-009621-TC-12/03/2009 11:05:00-OMC 63 5 1A-90 EUROS-011942428T-LOZANO CHARRO, JESUS MANUEL.

2009018000-GU-000960-I-18/08/2009 11:11:00-OMC 62 1 1A-90 EUROS-001063614W-NAVARRO RUIZ, ENCARNACION.

2009026687--006990-FWY-13/11/2009 17:15:00-OMC 63 3 1A-90 EUROS-009000516H-PRIETO YEBRA, MIRIAN.

En Alcalá de Henares, a 2 de julio de 2010.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD, el TAG del Departamento de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana (firmado).

(02/7.604/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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