Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
06-08-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100806-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

203
Ejecución 149 de 2009-M

Doña María Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 149 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Huerta Seoane, contra la empresa “Studios Lorbar, Sociedad Limitada”, “Milenio Finanzas, Sociedad Limitada”, “Grupo Esmon, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha decreto de embargo de inmueble, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Plaza de aparcamiento número 60, sita en el sótano segunda del edificio sito en San Sebastián de los Reyes, avenida de Europa, número 7.

Finca registral número 51.460, inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de los Reyes, tomo 1.375, libro 1.134, folio 196.

Como propiedad de la ejecutada “Grupo Esmón, Sociedad Anónima (cédula de identificación fiscal B-82957804) para responder de la cantidad de 57.854,38 euros de principal, más 5.785,43 euros y 5.785,43 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de doña Laura Huerta Seoane, contra “Studios Lorbán, Sociedad Limitada”, “Milenio Finanzas, Sociedad Limitada”, “Grupo Esmon, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a las ejecutadas para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, número de cuenta 2519, seguido del número de expediente, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Studios Lorbar, Sociedad Limitada”, “Milenio Finanzas, Sociedad Limitada”, y “Grupo Esmon, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.449/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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