Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
06-08-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100806-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

102
Procedimiento 101 de 2010

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

La ilustrísima señora doña Pilar López Asensio, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 101 de 2010, a instancias de Instituto de la Vivienda de Madrid, representado por la letrada de la Comunidad de Madrid doña Elena Gallardo Pernas, contra don Mohd-Sameer Foudeh Al-Bu-Bu y doña María Paloma Carretero Nicolás, representada esta última por el procurador don Javier Pérez Castaño Rivas y asistida del letrado don José Enrique Fisac Noblejas, sobre juicio verbal, ha dictado la siguiente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por Instituto de la Vivienda de Madrid, contra don Mohd-Sameer Foudeh Al-Bu-Bu, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes el 26 de julio de 1996, respecto de la vivienda sita en Madrid, calle Diligencias, número 32, piso segundo, puerta B, que deberá desalojar el demandado en el plazo de treinta días, con apercibimiento de lanzamiento, que tendrá lugar el día 6 mayo de 2010, a las diez y treinta horas. Las costas deberán ser abonadas por don Mohd-Sameer Foudeh Al-Bu-Bu, absolviendo a doña María Paloma Carretero Nicolás de las peticiones contra ella formuladas, cuyas costas deberán ser abonadas por el actor.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la señor/a juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

Se notifica la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días, debiendo depositar 50 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado, en la entidad “Banesto”, oficina 1845, ccc 2434-0000-00-****-**, correspondiendo el resto de los seis números últimos al número y año de procedimiento, indicando que es para recurrir.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Mohd-Sameer Foudeh Al-Bu-Bu se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 10 mayo de 2010.—El secretario (firmado).

(03/31.681/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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