Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
09-08-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100809-287

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

287
Ejecución 120 de 2010

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 120 de 2010-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Méndez Santamaría, contra la empresa “Ibcuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Francisco Juan Sánchez Delgado.—En Móstoles, a 6 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Álvaro Méndez Santamaría, frente a “Ibcuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 14.675,01 euros de principal, más 2.935 euros presupuestados para intereses y costas de ejecución.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ibcuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 6 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.593/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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