Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
10-08-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100810-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

OFERTAS DE EMPLEO

81
Bases específicas de orientador-informador

Corrección de errores al anuncio sobre bases específicas de orientador-informador, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 147, de fecha 22 de junio de 2010, páginas 310 y 311:

Apartados 4.1.c) y 4.1.d):

Donde dice:

“c) Por experiencia laboral en la empresa privada relacionada con el puesto y la categoría a ocupar: 0,007 puntos por cada seis meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 2.50 puntos.

d) Por cursos de formación, jornadas y/o congresos relacionados con el puesto de trabajo a cubrir: 0,010 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 5 puntos.”

Debe decir:

“c) Por experiencia laboral en la empresa privada relacionada con el puesto y la categoría a ocupar: 0,125 puntos por cada seis meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 2,50 puntos.

d) Por cursos de formación, jornadas y/o congresos, relacionados con el puesto de trabajo a cubrir: 0,007 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 5 puntos.”

ANEXO I

Donde dice:

“24. Regulación. Servicios que ofrece.

25. Formación en el ámbito del tiempo libre infantil y juvenil. Ordenación Administrativa de las Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad de Madrid. Escuela de Animacion de la Comunidad de Madrid.”

Debe decir:

“24. Escuela Pública de Animación y Educación en el Tiempo Libre Infantil y Juvenil de la Comunidad de Madrid. Regulación. Servicios que ofrece.

25. Ordenación administrativa de las Escuelas de Formación en Educación en el Tiempo Libre en la Comunidad de Madrid.”

Coslada, a 9 de julio de 2010.—La concejala-delegada de Personal, María Teresa González Ausín.

(02/7.562/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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