Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
10-08-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100810-237

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GÁLDAR NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO

237
Demanda 347 de 2009

Doña Yolanda Josefa García Espino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Gáldar.

Hago saber: Que en el procedimiento número 347 de 2009, en materia de despido, a instancias de doña Isabel Natacha García Jorge, contra “Actividades y Proyectos de Negocio Gestión Integral, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, por su señoría se ha dictado auto con fecha 6 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda:

1. Declarar extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de este resolución.

2. Condenar a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 5.410,86 euros en concepto de indemnización.

3. Condenar a la expresada parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 9.832,96 euros en conceptos de salarios de tramitación desde el día siguiente del despido hasta el presente.

4. Condenar al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar.

Contra el presente auto cabe recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días.

Así lo acordó, mandó y firma doña Margarita Rosa Fons Carbonell, magistrada-juez del Juzgado de lo Social de Gáldar de los de esta ciudad y su provincia.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Actividades y Proyectos de Negocio Gestión Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Gáldar, a 6 de julio de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/31.530/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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