Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
13-08-2010

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100813-109

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

109
Requerir ejecución del aval

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio de “Promoción de Viviendas Posadas, Sociedad Limitada”, sin que se hubiesen podido practicar, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en el punto 17 del orden del día de la sesión de 1 de junio de 2010, entre otros aspectos, acordó:

Primero.—Requerir la ejecución del aval a “La Caixa”, en calidad de avalista de “Promoción de Viviendas Posadas, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 2.588,76 euros, a deducir del total de 10.226 euros, por fianza de gestión técnica de residuos, en la licencia de obra mayor 40 de 2007, para demolición de viviendas 20, 20-B, 20-C, 20-E, 20-F, 20-G, 20-H, 26, 28, 30 y 32, con vuelta a la calle La Fuentes, números 2, 4, 6, 6-d y 8, al haberse ejecutado subsidiariamente por parte del Ayuntamiento, a costa del obligado, la retirada de escombro de los solares resultantes de la demolición de las viviendas sitas en la calle San Marcos, números 20, 20-B, 20-C, 20-E, 20-F, 20-G, 20-H, 26, 28, 30 y 32, con vuelta calle La Fuentes, números 2, 4, 6, 6-d y 8, de la localidad.

Segundo.—Mantener a favor del Ayuntamiento de San Martín de la Vega la garantía por la cantidad de 7.637,24 euros resultante de la diferencia entre el coste de la ejecución subsidiaria (2.588,76 euros) y la garantía prestada por gestión técnica de residuos en la licencia de obra mayor 40 de 2007 para la demolición de viviendas en la calle San Marcos, números 20, 20-B, 20-C, 20-E, 20-F, 20-G, 20-H, 26, 28, 30 y 32, con vuelta calle La Fuentes, números 2, 4, 6, 6-d y 8, concedido por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 14 de julio de 2008, y que permanece vigente.

El presente acuerdo agota la vía administrativa pero no es firme, por lo que contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba esta notificación, si o optare por la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al del recibo de esta notificación.

Transcurrido un mes desde la interposición del potestativo recurso de reposición sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.

San Martín de la Vega, a 29 de julio de 2010.—La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.

(02/7.986/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100813-109