Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
16-08-2010

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100816-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

155
Procedimiento 404 de 2010

Doña Ana María Noriega Tamboleo, secretaria judicial del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 de Madrid.

Por medio del presente hago saber:

Parte dispositiva:

Se acuerda el archivo del recurso formulado por don Pedro Luis Cañadilla Moraleda, y el archivo de las presentes actuaciones, notificándose la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID durante el tiempo establecido en la Ley.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en un solo efecto, a interponer ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Será necesario para la admisión de este recurso la consignación del depósito de 25 euros que exige la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre) en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado número 3943 de “Banesto”.

Lo acuerda y firma el ilustrísimo señor don Ángel Rubio del Río, magistrado-juez del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 de Madrid. Doy fe.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de lo contencioso-administrativo (firmado).

Y para que sirva la presente de notificación al recurrente don Pedro Luis Cañadilla Moraleda de la anterior resolución, expido la presente en Madrid, a 19 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.604/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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