Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
17-08-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100817-234

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

234
Ejecución 213 de 2010

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 213 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nerea Sánchez Martínez, contra la empresa “Carbonero Engineer Consultants, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña Nerea Sánchez Martínez, frente a “Carbonero Engineer Consultants, Sociedad Limitada”, en ejecución de la sentencia de fecha 30 de marzo de 2010, por un importe de 15.605,69 euros (que corresponden 10.888,05 euros a indemnización y 4.714,64 euros a salarios de tramitación) de principal, más 2.000 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Carbonero Engineer Consultants, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 15 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.263/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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