Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
17-08-2010

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100817-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ANUNCIO de 2 de junio de 2010, de la Dirección General de Medio Ambiente, dando vista al expediente de deslinde en segunda fase de las líneas reclamadas en primera fase del monte “Coto Pesadilla” número 195 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, sito en el término municipal de San Sebastián de los Reyes y propiedad de la Comunidad de Madrid.

Recibido en esta Dirección General de Medio Ambiente el Expediente de Deslinde del monte “Coto Pesadilla”, número 195 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la ­Comunidad de Madrid, perteneciente a la Comunidad de Madrid y ubicado en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, se hace saber que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 120 y 121 del Reglamento de Montes, se abre vista del mismo en segunda fase de las dos líneas perimetrales que quedaron abiertas en primera fase, siendo una de estas líneas la definida por los piquetes del número 39 al número 87, y la otra línea por los piquetes del número 180 al número 185, en las Oficinas del Área de Desarrollo del Plan Forestal, Dirección General del Medio Ambiente, Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado durante este plazo desde las nueve a catorce horas, por los interesados, admitiéndose durante otros quince días las reclamaciones que se presenten sobre la práctica del apeo o sobre la propiedad de parcelas que hayan sido atribuidas al monte al realizar aquella operación.

Por motivo del traslado de la sede de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio a la calle Alcalá, número 16, se ruega solicitar cita previa para la consulta del expediente de deslinde en los teléfonos 915 804 864 ó 914 382 592.

Solo podrán reclamar contra la práctica del apeo los que hayan asistido personalmente o por medio de representantes a dicho acto.

En cuanto a las reclamaciones sobre propiedad se advierte que solo serán admisibles de haberse presentado los documentos correspondientes en el plazo anterior al apeo en segunda fase de las líneas perimetrales reclamadas en primera fase (fijado por Anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 222, de 18 de septiembre de 2009), debiendo expresarse en dichas reclamaciones el propósito de apurar mediante ellas la vía administrativa, como trámite previo a la vía judicial.

A fin de no causar indefensión a terceros adquirentes, en caso de transmitir o haber transmitido algún derecho de los que se integran en su pretendida titularidad, debería comunicarlo a esta Administración, debiendo informar de la tramitación del presente expediente de deslinde al nuevo titular.

Dada en Madrid, a 2 de junio de 2010.—El Director General del Medio Ambiente, PD (según Resolución de 22 de abril de 2009), el Subdirector General de Gestión y Ordenación de Espacios Protegidos, Juan Urbano López de Meneses.

(03/30.876/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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