Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
17-08-2010

Sección 1.3.90.36: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100817-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

UNIDAD CENTRAL DE RADIODIAGNÓSTICO

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RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2010, de la Directora-Gerente, por la que el órgano de dirección delega sus funciones y facultades durante los períodos de vacante, ausencia o enfermedad.

Las facultades de la Dirección-Gerencia de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico, vienen definidas en el artículo 15 del Decreto 11/2008 de Consejo de Gobierno, de 21 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico, en virtud de la Ley 7/2007, de 21 de diciembre.

Por otro lado, el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los titulares de los órganos administrativos podrán, en materia de su propia competencia, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los límites señalados en el artículo 13 de la misma norma.

Por ello, con el fin de lograr una mayor agilidad y eficacia en la gestión administrativa de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico y, en virtud de lo expuesto y de las atribuciones conferidas por los Estatutos aprobados por Decreto 11/2008, de 21 de febrero, del Consejo de Gobierno, a la Directora-Gerente de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico,

RESUELVE

Primero

Delegar el ejercicio de sus funciones y facultades en el Director Técnico y, en caso de ausencia de este, en el Jefe del Área Económico-Financiera de la Empresa Pública para ser ejercidas durante los períodos de vacante, ausencia o enfermedad de esta Gerencia.

Segundo

La presente delegación, de conformidad con la legislación vigente, no altera la competencia del órgano delegante, debiendo hacerse constar en las resoluciones y actos administrativos que se firmen por delegación la autoridad de procedencia.

San Sebastián de los Reyes, a 8 de junio de 2010.—La Dirección-Gerencia de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico (firmado).

(03/32.480/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.36: I. COMUNIDAD DE MADRID

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