Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
18-08-2010

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100818-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL

Sección Quinta

EDICTO

150
Recurso 5.451 de 2009

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretaria de la Sección Quinta de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de suplicación número 5.451 de 2009-FV, dimanante de los autos número 1.026 de 2008 del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, interpuestos por don Héctor Corradazzi, representado por la letrada doña Rosalía Rainero Holgado, contra “Euphony, Sociedad Anónima Unipersonal”, en reclamación por cantidad, habiendo sido dictada con fecha 9 de junio de 2010 resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de don Héctor Corradazzi contra sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 3 de Madrid de fecha 26 de mayo de 2009. Confirmar la sentencia recurrida. Sin costas.

Y para que sirva de notificación a “Euphony, Sociedad Anónima Unipersonal”, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, con la advertencia de que las resoluciones judiciales que se dicten en el procedimiento a partir de la presente se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente en Madrid, a 23 de julio de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/31.277/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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