Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
18-08-2010

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100818-125

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

125
Padrón impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana

Mediante decreto 653/2010, de la concejala de Economía y Hacienda, han quedado aprobados los padrones de los impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica correspondientes al ejercicio 2010.

Dichos padrones estarán expuestos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento por espacio de quince días a efectos de reclamaciones y recursos.

La exposición pública producirá los efectos previstos en el artículo 102 de la Ley General Tributaria en orden a la notificación colectiva de los padrones, así como de los datos consignados en los mismos a cada uno de los sujetos pasivos.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de Recaudación, dichos impuestos podrán pagarse en cualquier sucursal bancaria sita en esta localidad de “Ibercaja”, “Caja Guadalajara”, “La Caixa”, “Banco Popular”, y “Caja de Madrid”, del 6 de septiembre al 8 de noviembre de 2010, ambos inclusive.

Por último, se hace significar conforme a lo preceptuado en los artículos 160 de la Ley General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, que transcurrido el plazo voluntario de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se generen.

En Torres de la Alameda, a 28 de julio de 2010.—La concejala de Economía y Hacienda, Manuela Gismero García.

(02/8.063/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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