Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
30-08-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100830-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

OTROS ANUNCIOS

45
Falta de pago impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

Habiendo intentado practicar sin resultado positivo la notificación del acuerdo adoptado por la resolución de la Alcaldía 468/2010, de fecha 18 de mayo, a doña María Concepción Linares Moreno, en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público según prevé el apartado 5 de dicho precepto lo siguiente:

Visto el contenido del escrito, con registro de entrada en este Ayuntamiento número 1920/10, de fecha 9 de marzo de 2010, por el que doña María Concepción Linares Moreno solicita la anulación del procedimiento ejecutivo de apremio tramitado bajo el número de expediente 2.587, por falta de pago en período voluntario del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año 2007, por el vehículo matrícula 0911BHH, alegando haberlo transmitido con fecha 9 de febrero de 2007.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Que, efectivamente, el mismo fue transmitido en la fecha indicada por la señora solicitante.

Fundamento de derecho:

Primero.—Que conforme al artículo 96 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica se devenga el primer día del año natural.

Visto el informe emitido por los servicios de colaboración con la recaudación municipal, emito la siguiente resolución de Alcaldía:

Primero.—Desestimar el recurso interpuesto, puesto que el vehículo matrícula 0911BHH fue transmitido durante el año 2007 y, por tanto, está obligado al pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2007, ya que era titular del mismo a fecha 1 de enero de 2007, fecha del devengo del mencionado tributo conforme al artículo 96 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales.

Continúese el procedimiento ejecutivo de apremio hasta la total cancelación deuda tributaria contraída.

Segundo.—Que se notifique a la interesada.

Tercero.—Dar cuenta de la presente al Pleno de esta Entidad en la próxima sesión ordinaria que se celebre, así como comunicarlo en extracto a las Administraciones Estatal y Autonómica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 56 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Cubas de la Sagra, a 6 de julio de 2010.—El alcalde, Federico Zarza Núñez.

(02/7.448/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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